ABOGADOS
ALCOHOLEMIAS. ACCIDENTES POR ALCOHOLEMIAS
BUFETE DE ABOGADOS DERECHO PENAL, DEFENSA ANTE DELITOS
ASISTENCIA AL DETENIDO ANTE LA POLICÍA Y LOS JUZGADOS
ASISTENCIA ANTE LOS TRIBUNALES, JUZGADOS Y AUDIENCIAS
DEFENSA EN JUICIOS PENALES, CON JURADO, DE MENORES |
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Despacho de Abogados Penalistas en Madrid
especializados en alcoholemias y en accidentes
de tráfico por alcoholemia. Delitos de tráfico.
Juicios rápidos por alcoholemia.
Áreas
de intervención
- Abogados
alcoholemias.
- Reclamaciones
por accidentes de circulación.
- Indemnizaciones
por accidentes de tráfico.
- Reclamación
de indemnizaciones por accidentes.
- Asesoramiento
y Defensa Jurídica.
- Defensa
en juicio por alcoholemia.
- Defensa
en juicio por exceso de velocidad.
- Defensas
penales por alcoholemia.
- Delitos
contra la Seguridad del Tráfico por conducir bajo
la influencia de bebidas alcohólicas.
- Accidentes
de circulación.

- Omisión
del deber de socorro.
- Conducción
sin carné de conducir.
- Exceso
de velocidad.
- Conducción
temeraria.
- Conducción
sin carné de conducir.
- Conducir
sin puntos.
- Secuelas
y lesiones. Fallecimientos.
- Negociación
extrajudicial con las compañías aseguradoras
o el Consorcio de Compensación de Seguros, debido
a las lesiones y daños corporales causados
por accidentes de tráfico por alcoholemia.
- Pérdida
del carné de conducir por superar la tasa
de alcohol permitida.
- Positivos
en alcohol.
- Accidentes
laborales por alcoholemia.
Legislación
"El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor
a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en
vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en
vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será
castigado con la pena de prisión de tres a seis meses
o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos
en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días,
y, en cualquier caso, con la de privación del derecho
a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo
superior a uno y hasta cuatro años.
Con las mismas penas será castigado el que condujere
un vehículo de motor o ciclomotor bajo la influencia
de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas
o de bebidas alcohólicas. En todo caso será condenado
con dichas penas el que condujere con una tasa de alcohol en
aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una
tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
El que condujere un vehículo a motor o un ciclomotor
con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida
o la integridad de las personas será castigado con las
penas de prisión de seis meses a dos años y privación
del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores
por tiempo superior a uno y hasta seis años."
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