Despacho de Abogados en Madrid especializados
en reclamaciones por accidentes de tráfico.
Daños y lesiones.
ÁREAS
DE INTERVENCIÓN
Reclamaciones
por accidentes de circulación
•
Indemnizaciones
por accidentes de tráfico
Reclamación de indemnizaciones
por accidentes •
Asesoramiento
y Defensa Jurídica
Defensa en juicio por alcoholemia
•
Defensa
en juicio por exceso de velocidad
|
Como se sabe, los accidentes de circulación,
por sus propias características, tienen un peso específico
especial dentro del DERECHO PENAL.
'www.abogadosypenal.com'
pertenece al Bufete de Abogados G. Elías
y Muñoz, gabinete jurídico con una
amplia experiencia en temas relacionados con accidentes
de tráfico y reclamación de indemnizaciones.
En
nuestro despacho de abogados estudiamos su caso
de forma gratuita y si consideramos que tiene derecho
a una indemnización tramitamos la oportuna reclamación
ante los juzgados. Sólo si cobra una indemnización,
recibiremos un porcentaje previamente pactado.
En la actualidad tenemos:
-
Gabinete de Abogados en Madrid.
-
Gabinete de Abogados en Majadahonda.
-
Gabinete de Abogados en Pozuelo de Alarcón.
-
Gabinete de Abogados en Fuenlabrada.
No obstante, podemos llevar casos en
toda la geografía española.
Casos
más habituales, relacionados con los accidentes
de circulación.
Nuestro bufete de Abogados en
Madrid le representa como Defensa o Acusación
en cualquiera de los supuestos en que se pueda encontrar,
relacionado con la circulación y los accidentes
de tráfico -como conductor o peatón-, entre
los que cabría destacar: alcoholemias,
exceso de velocidad, conducción
temeraria, delitos por lesiones, delitos asociados
a la seguridad del tráfico, accidentes
de coche, accidentes en la vía
pública, reclamación de indemnizaciones
por accidente de tráfico, secuelas por lesiones
y, en general, por cualquier consecuencia derivada de
un accidente de circulación.
En definitiva, cualquier situación relacionada
con la seguridad vial en la que pudiera encontrarse, como
conductor, pasajero
o peatón, tanto si ha sido víctima
como culpable del accidente.
¿Qué
debe hacer en caso de accidente de circulación?
Si hay lesiones llamar a atestados siempre.
Ellos tomarán todos los datos pertinentes. En cualquier
caso siempre es conveniente tomar nota del lugar, fecha
y hora, así como datos de los implicados y testigos
si los hubiere, con su nombre completo, dirección
y teléfono.
Cumplimentar correctamente el parte amistoso,
comprobando fehacientemente los datos de los implicados
en el accidente.
Notificar a su compañía el siniestro lo
antes posible para no incumplir lo pactado en su contrato
de seguros y evitar retrasos en la tramitación
del siniestro. Dispone de un plazo de
siete días.
Es aconsejable que, en su defensa, disponga de un abogado
ajeno a las compañías de seguro implicadas,
obteniendo con ello un trato más personalizado
y teniendo en cuenta que su seguro de defensa
jurídica se hará cargo del gasto
oportuno.
Seguro Obligatorio de Ocupantes. ¿Qué
es?
Todos los servicios públicos de transporte de personas
tienen obligación de contratar este seguro. Si
el accidente se produce en éstos (metro, autobús,
trenes, barcos, aviones...), existe derecho a cobrar
por este seguro.
Seguro
de ocupantes.
La póliza del coche puede tener
cobertura para daños de ocupantes; en ese caso,
además de cobrar la indemnización
por el seguro obligatorio (de nuestro
conductor o del causante del accidente)
se cobrará también por el seguro
de ocupantes.
Grupos
de daños
Hay dos grupos o tipos de daños: los materiales
(lunas, pintura, objetos situados en el interior del coche,
etc.) y los corporales (muerte, lesiones
permanentes y días de baja). La indemnización
a la que tenemos derecho está basada exclusivamente
en los daños causados, con independencia de la
forma en la que se produjeron; da igual que el causante
de dichos daños cometiese una gran infracción
o una leve infracción.
¿Tiene
derecho a indemnización el pasajero?
Si usted iba de PASAJERO en un coche
o moto y tuvo un accidente,
usted SIEMPRE tiene derecho a una indemnización.
Me
atropellaron, ¿qué derechos tengo?
Si usted es atropellado por un vehículo, casi siempre
tiene derecho a recibir asistencia sanitaria y a una indemnización
por los días de baja medica y
por las posibles secuelas que se le queden
conforme a la ley, a ser indemnizado por la compañía
de seguros responsable; y si no tuviere seguro
el vehículo culpable, o no se pudo identificar,
le indemnizará el Consorcio de Compensación
de Seguros.
¿Debe
ser mi compañía de seguros la que defienda
mis derechos?
No tiene por qué y en muchos casos es totalmente
contraproducente por los intereses y convenios que pudieran
existir entre las compañías de seguros
implicadas. Es mas aconsejable que ponga su caso en
manos de un abogado especializado e independiente
de las compañías, como los que colaboran
en nuestro centro, quienes le asesorarán sobre
qué cantidad debe reclamar por los daños
sufridos, la procedencia de iniciar o no acciones
judiciales, la viabilidad de interponer una
denuncia penal contra la persona que Ud. considera responsable
del accidente, así como todas aquellas cuestiones
que puedan estar relacionadas con el supuesto concreto.
Debe tener presente que en el caso de iniciar acciones
judiciales, su compañía de seguros
deberá hacerse cargo de los gastos del abogado
que Ud. contrate si suscribió en la póliza
la cobertura de defensa jurídica, que casi todas
las pólizas tienen. No tiene obligación
de utilizar los servicios jurídicos
de su compañía.
|
|